Patrón de Yate

El título de Patrón de Yate permite el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, con la potencia de motor adecuada a la misma, para la navegación realizada entre la costa y la línea de 150 millas paralela a la misma.

 

Además, faculta el gobierno de las motos náuticas dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

 

Para el gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, será necesario realizar las prácticas de habilitación a vela, o estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) con habilitación a vela.

 

El examen teórico, así como su evaluación, se hace en los lugares y fechas publicados por la Dirección General de la Marina Mercante o Comunidad Autónoma, a la que hayan transferido las competencias. Puedes encontrar las Próximas Convocatorias más abajo. En nuestra academia te preparamos para que puedas aprobar el examen teórico sin complicaciones, ofreciendo en un curso, detalladamente estudiado y creado en base a la última reglamentación y anteriores exámenes.

 

Mientras que todas las prácticas, necesarias para obtener tu titulación, se hacen a través de nuestra academia.

 

Requisitos

Edad mínima: 18 años.

Estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER).

Aprobar Examen Teórico.

Superar Prácticas de Seguridad y Navegación (obligatorias).

Superar Curso de Radio Operador de Corto Alcance (obligatorio).

Superar Curso de Radio Operador de Largo Alcance (opcional).

Superar Prácticas de Habilitación a Vela (opcionales).

Certificado Médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas para el gobierno de embarcaciones de recreo, según Real Decreto 875/2014 del 10 de Octubre.

Joomla templates by a4joomla